Un lector pregunta: hace seis años falleció mi esposa, y ahora tengo una relación sentimental. Me gustaría casarme de nuevo, pero siento que esto no es correcto. ¿Me pueden orientar?, ¿puedo volver a casarme por la Iglesia?
Agradecemos su pregunta y con gusto le comentamos:
Es importante recordar que el proyecto de Dios para cada uno de nosotros, es un proyecto de amor y felicidad: Y creó Dios al hombre a su imagen, a imagen de Dios lo creó, varón y mujer los creó (Gn1, 27).
El libro del génesis da un bosquejo de ese deseo de nuestro creador, de compartir la vida, de no estar solos y nos dice el Papa Francisco en su catequesis: Y sugiere el pensamiento de Dios, casi el sentimiento de Dios que lo observa, que observa a Adán solo en el jardín: es libre, es señor,… pero está solo. Y Dios ve que esto ‘no es bueno’: es como una falta de comunión, le falta una comunión, una falta de plenitud. ‘No es bueno’ dice Dios y añade: ‘voy a hacerle a alguien como él, que le ayude’ (Gn. 2, 18).
Usted compartió un proyecto de vida y amor como lo es el Matrimonio, y sentimos que su esposa haya fallecido, confiamos que nuestro Padre Celestial le conceda el descanso eterno. Ahora usted tiene una relación sentimental y con ello la ilusión de formalizar y concretar éste proyecto recibiendo la bendición de Dios por el sacramento del Matrimonio.
La Iglesia católica nos enseña en su legislación contenida en el Código de Derecho Canónico en el c. 1141 lo siguiente: El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte.
Como menciona el legislador lo único que disuelve el matrimonio es la muerte de uno de los cónyuges. También existe el proceso de nulidad que se lleva en los Tribunales Eclesiásticos donde se revisa si existió o no un verdadero Matrimonio, pero ese es otro aspecto a desarrollar en otra ocasión y en Desde la fe ya se ha abordado.
Por lo cual, si usted desea formalizar su relación con el sacramento del Matrimonio, con la persona con quien hoy comparte la vida, no existe impedimento para que lo haga.
En la Parroquia donde realizará su tramitación previa le indicarán los documentos y demás requisitos que necesita, entre ellos será el acta de defunción de quien fuera su esposa.
Pregunta respondida por el Pbro. Lic. Juan José Hernández Flores, de la Arquidiócesis de México.
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