El Papa Francisco elimina el secreto pontificio en casos de abuso sexual
Esta decisión del Papa Francisco facilitará la colaboración con el Estado y con otros organismos que tienen derecho a acceder a dicha documentación.
De acuerdo con un documento firmado por el Secretario de Estado, Cardenal Pietro Parolin, el pasado 4 de diciembre, el Papa Francisco determinó abolir el secreto pontificio sobre las denuncias, procesos y decisiones relativas a los casos mencionados en el primer artículo del reciente motu proprio Vos estis lux mundi.
Dicho artículo se refiere a los casos de violencia y de actos sexuales cometidos bajo amenaza o abuso de autoridad, casos de abuso de menores y de personas vulnerables, casos de pornografía infantil, casos de no denuncia y encubrimiento de los abusadores por parte de los obispos y superiores generales de los institutos religiosos.
La nueva instrucción, publicada este martes 17 de diciembre, especifica que la información se tratará de manera que se garantice la seguridad, integridad y confidencialidad establecidas por el Código de Derecho Canónico para proteger la buena reputación, la imagen y la privacidad de las personas implicadas, pero el secreto de oficio no podrá obstaculizar el cumplimiento de las obligaciones establecidas por la Iglesia en materia civil.
“Además –aclara– a quienes realizan las denuncias, a las víctimas y a los testigos no puede imponerse vínculo de silencio alguno sobre los hechos”.
En entrevista para Radio Vaticano, el Secretario Adjunto de la Congregación para la Doctrina de la Fe y experto en investigaciones de abusos a menores, consideró que se trata de una decisión histórica del Santo Padre, como fruto del encuentro al que convocó en febrero pasado sobre este tema.
También detalló que, lo que cambia en términos concretos, es que hasta este momento, la víctima no tenía la oportunidad de conocer la sentencia que siguió a su denuncia, porque existía el secreto pontificio. “También otras comunicaciones eran obstaculizadas, porque el secreto pontificio es un secreto del más alto nivel en el sistema de confidencialidad del Derecho Canónico. Ahora también se facilita la posibilidad de salvaguardar a la comunidad y de decir el resultado de una sentencia”, apuntó.
Monseñor Charles J. Scicluna también dejó en claro que esto no significa que los casos sean del dominio público pero, sino que se facilita la colaboración con el Estado y con otros organismos que tienen derecho a acceder a dicha documentación.
Este martes también se dio a conocer un segundo documento, firmado por el Cardenal Pietro Parolin y por el Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Cardenal Luis Ladaria Ferrer, sobre modificaciones a tres artículos del motu proprio Sacramentorum sanctitatis tutela, de 2001, ya modificado en 2010.
Mediante esta modificación se establece que sea considerado como uno de los delitos más graves reservados para el juicio de la Congregación para la Doctrina de la Fe “la adquisición o posesión o divulgación, con un fin libidinoso, de imágenes pornográficas de menores de 18 años por parte de un clérigo, de cualquier manera y por cualquier medio. Hasta ahora ese límite se fijaba en los 14 años.
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