¿Se puede invalidar una confesión? Un sacerdote responde
La Iglesia enseña que la confesión siempre escucha al penitente, pero no siempre concluye con la absolución. Te explicamos por qué.
El Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación es uno de los medios más importantes que tiene la Iglesia para que el fiel se reconcilie con Dios. Sin embargo, no basta con “ir a confesarse” ante un sacerdote para que el sacramento sea válido, sino que deben cumplirse ciertas condiciones esenciales para que se cumpla con él, de lo contrario no podría concretarse.
¿Pero el hecho de que los penitentes no cumplan con las condiciones establecidas significa que la confesión se puede invalidar? Monseñor Martín Muñoz López, Canónigo Penitenciario de la Insigne y Nacional Basílica de Guadalupe nos lo explica.
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¿Se puede invalidad la confesión?
De manera puntual Monseñor Muñoz López asegura que la confesión de un fiel no se puede invalidar de ninguna manera, porque el Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación tiene como fin que se realice la confesión, por lo que quien acceda a realizarla siempre será escuchado.
“Es muy importante, sobre todo, que entendamos que la confesión es el momento de encuentro y de acercamiento con Dios desde nuestra realidad de pecadores para tener la gracia de él y poder entonces transformar nuestra vida de acuerdo con el proyecto que tiene sobre cada uno de nosotros”, asegura.
“Más que invalidarse”, precisa, “a veces la confesión no se concreta con la absolución cuando, y esto es importante sobre todo para un confesor, se le pregunta al penitente: ‘y de esto que tú me estás diciendo, ¿estás verdaderamente arrepentido?’. Y si el fiel es honesto y dice ‘no estoy arrepentido’, en ese sentido no se podría ofrecer el perdón y la absolución”.
¿En qué casos no se alcanza el perdón y la absolución?
En entrevista con Desde la fe, el Canónigo Penitenciario explica que una confesión no se concreta con el perdón y la absolución cuando:
No hay arrepentimiento verdadero: Si la persona no está verdaderamente arrepentida de sus pecados, en ese caso, no se ofrecería la absolución y se invitaría a iniciar un camino de acercamiento a Dios para que exista este sentido de arrepentimiento.
En este caso, comenta el sacerdote, “se escucha a la persona y se le invita a que comience un camino de acercamiento hacia Dios, a pedir desde luego la gracia del Señor para que le vaya transformando el corazón para que exista este sentido de arrepentimiento, que además debe de testificarse con lo que llamamos nosotros la ejecución de actos y que digan de manera específica ‘estoy verdaderamente arrepentido de mis pecados”.
Se ocultan pecados conscientemente: Si la persona calla por vergüenza, temor o alguna otra circunstancia comprensible, pero no dice la verdad y ocultan conscientemente pecados se comete un pecado más grave llamado sacrilegio. Este sacrilegio también debe confesarse en algún momento.
En este punto, Monseñor Martín Muñoz indica que es importante diferenciar entre lo que es el ocultamiento consciente de un pecado y cuando se trata de un olvido. “Si un pecado se olvida sin intención de ocultarlo, no se comete sacrilegio y el Sacramento de la confesión sigue siendo válido. El pecado olvidado puede confesarse más adelante”.
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¿Cómo saben los sacerdotes cuando les mienten en la confesión?
Al cuestionarle si los sacerdotes se dan cuenta cuando un fiel les miente durante la confesión, el Canónigo Penitenciario comenta que en algunas ocasiones sí se pueden percatar de que eso ocurre, pero también hay otros momentos en lo que sin querer (“y no es que sea adivino, ni mucho menos”) lo llegan a apreciar.
“Aquí sí creo que se trata más bien de la iluminación del Espíritu Santo. Cuando internamente reconoces algo, cuando hay un movimiento interior que como confesor dices, ‘a ver, a ver’, aquí hay algo no está checándome o algo me está causando cierta inquietud. En ese momento se puede le preguntar al fiel, desde luego sin tratar de intervenir o de hacer una invasión a la intimidad de la persona.
“Yo no dejo de creer que también el Espíritu Santo mueve, mueve mente, mueve corazón para que en un momento dado podamos resarcir y podamos incluso unirnos nuevamente no solo a Dios, sino a los hermanos, porque son los dos polos efectivamente en los que nos movemos cuando hemos cometido algún pecado”, asevera.
¿Padre, y qué hacen ustedes si presienten que la confesión no es real, que no se hace con total apertura, si se está mintiendo o que se está escondiendo algún pecado? – se le cuestiona.
“Pastoralmente lo que tenemos que hacer es simple y sencillamente también aprender a confiar, confiar en las personas. Pero eso sí, hay que advertirles que se den cuenta de que no es solamente el que se presenten delante de mí como ministro, sino que estamos, tú y yo, delante de Dios. Y en un momento dado, ciertamente, me puedes engañar, pero al Señor no. Y, de cualquier manera, creer, creer. Porque ahí sí tenemos que comportarnos efectivamente como auténticos médicos ante las cosas que nos están diciendo, si no existe una evidencia clara de que nos están mintiendo”, apunta.
¿Entonces, una absolución se puede negar?, padre.
“Insisto, sí se puede negar cuando no haya arrepentimiento de las personas. A mí me ha tocado eso. Yo no puedo ofrecer una absolución cuando no hay arrepentimiento”, puntualiza
¿Qué deben hacer los fieles para alcanzar la absolución?
De acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica y el Código de Derecho Canónico, para recibir correctamente el Sacramento de la Penitencia y de la Reconciliación, la Iglesia señala cinco pasos fundamentales que se deben cumplir:
- Examen de conciencia sincero: Consiste en recordar y revisar los pecados cometidos desde la última confesión, tomando como guía los Mandamientos y las enseñanzas de la Iglesia.
- Dolor de los pecados (Contrición): Es el arrepentimiento sincero en el corazón por haber ofendido a Dios. Debe incluir el reconocimiento de las faltas.
- Propósito de enmienda (no pecar más): La voluntad y el compromiso firme de no volver a pecar y de evitar las ocasiones o situaciones que llevan a caer en ellos.
- Confesión completa al sacerdote: Declarar de forma íntegra y sincera los pecados graves (mortales) y los cotidianos (veniales) ante un sacerdote.
- Cumplir la penitencia (Satisfacción): Realizar la oración o acción reparadora que el confesor asigne para reparar el daño causado por el pecado y ayudar a reformar la vida.
Cabe destacar que estos cinco elementos no son opcionales, sino que forman parte de la estructura misma del sacramento, por lo que una vez concretados el sacerdote pronuncia la oración de absolución, impartiendo el perdón al penitente en el nombre de Cristo.
Un llamado a la autenticidad
La confesión no es un trámite, sino un encuentro con la misericordia de Dios. Como recuerda el magisterio de la Iglesia, Dios nunca niega el perdón a quien se acerca con un corazón sincero, pero respeta la libertad del hombre.
Por eso, el fiel está llamado a vivir este sacramento con verdad, humildad y deseo real de conversión. Solo así la absolución no será solo una fórmula, sino una gracia que transforma la vida de las personas.
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