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La Corte y la Vida

9 julio, 2021
La Corte y la Vida
Jesús Valdez de los Santos

En días pasados, le Suprema Corte de Justicia de la Nación analizó una solicitud de amparo proveniente del estado de Chiapas; un caso realmente lamentable y dramático: una mujer con discapacidad motriz y neuronal, que fue usada sexualmente por alguien y le dejó embarazada.

Personas interesadas en este caso, solicitaron un aborto, pero las autoridades de salud local no aceptaron realizarlo por dos motivos: porque el Código Penal del estado prohibía el aborto aún en casos de embarazo por violación después de la decimosegunda semana de gestación, y porque a juicio de los médicos, ante el avanzado estado del embarazo, la vida de la mujer víctima correría peligro de realizarse el aborto.

El argumento de la Corte puede reconocerse como adecuado, el resarcimiento del daño a la víctima de violencia sexual, y con ese argumento, se decidió determinar que en esos casos de embarazo por violación, no debe existir un término máximo de semanas de gestación. Si embargo, aunque el argumento es bueno, los medios para resarcir el daño en este caso son totalmente repudiables.

Es claro que la mujer víctima no pudo haber consentido las relaciones sexuales por las cuales terminó embarazada, y esperamos que el abusador no quede impune, por el bien social y familiar.

Igualmente es claro que la misma mujer víctima no pudo haber solicitado el aborto, pues su condición muy probablemente no lo permite.

Estamos hablando, en primer lugar, de una persona, digna, que necesita todos los cuidados y amor de quienes le rodean; una mujer que sin duda ha sufrido y por lo tanto no merece ser tratada de manera indigna. Y estamos hablando, en segundo lugar, de una vida en desarrollo, una vida inocente que no tiene la culpa de los pecados y delitos de su padre, ni de la inocencia e incapacidad de su madre; sin embargo, la ley le condena a morir por ser producto de una violación.

Vivimos en un mundo que cada vez más prioriza la utilidad de la vida humana, antes que la dignidad de ella. En un caso tan lamentable como el que se presenta, ¿La sociedad y el gobierno no pueden garantizar resarcir el daño de una víctima, sin crear una nueva víctima?



Si pudiéramos ver en vivo y directo al bebé de 23 semanas de gestación, moviéndose y jugando en el vientre de su madre -inocente por supuesto, sin ser culpable del embarazo que enfrenta-, y no sólo eso, sino que también lo pudiéramos transmitir en un reality show, ¿cuántas personas votarían en ese momento por el aborto para acabar con esa vida? ¿Cuántas personas se ofrecerían para darle una familia y un hogar a ese bebé inocente? ¿Cuántas personas más ofrecerían hacerse cargo de los cuidados y tratamientos que necesita esta mujer para tener una vida más digna?

Tal vez habría una participación social mucho más humana y caritativa, pero nuestras ocupaciones diarias nos hacen voltear la cara hacia temas más personales, e inclusive en muchas ocasiones, triviales, sin voltear a ver el drama que podemos tener a un lado de nuestra propia casa o en el interior de la nuestra, y una sociedad que no se preocupa por el problema ajeno, aunada a leyes que permiten el descarte del no útil, nos convierten cada vez mas en personas frías y solitarias.

Ciertamente la Corte analizó una ley de manera fría y objetiva, hay que resarcir el daño a la víctima de violación, pero hay muchas más aristas en el caso, como una vida nueva que también merece ser protegida, la opinión médica sobre las posibilidades reales de buscar salvar la vida de la mujer y del bebé y las posibilidades sociales de proteger a toda vida humana.

La Corte puede comenzar a defender el libre desarrollo de la persona, el día que todo ser humano sea considerado persona en automático, los derechos humanos estarán avanzando en el camino correcto.

*Jesus Valdez de los Santos es Coordinador de la Comisión de Justicia y Paz de la Arquidiócesis Primada de México.

Los textos de nuestra sección de opinión son responsabilidad del autor y no necesariamente representan el punto de vista de Desde la fe.





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