Palabras hastiadas

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¿Son válidas para la Iglesia las bodas en playas y jardines?

La pareja debe realizar la ceremonia con un sacerdote y en un lugar autorizado por la Iglesia para que sea válido.

4 junio, 2019
¿Son válidas para la Iglesia las bodas en playas y jardines?
El Matrimonio conlleva obligaciones.

Es común que alguien pueda pensar que vive en un Matrimonio válido por haber cumplido con los requisitos de fondo que exige el Derecho Canónico para concretar dicho vínculo, como haber alcanzado la edad mínima para esta unión sacramental y aceptar las obligaciones del Matrimonio; sin embargo, para la Iglesia también son importantes las formas, como el lugar en que se llevó a cabo la boda, o la autenticidad del sacerdote que la celebró. Estos factores también determinan si el Matrimonio es válido o no.

Como ejemplo de un matrimonio inválido para la Iglesia, la Lic. Paula Reyes, auditor del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México, refiere el caso de una pareja que contrajo nupcias en una ceremonia celebrada por un sacerdote que ya había sido dimitido del estado clerical,  es decir, que ya no podía ejercer sus funciones y, por lo tanto, no tenía facultades para ser testigo del Sacramento.

“Este ex sacerdote –detalla– accedió a llevar a cabo la celebración en Acapulco bajo dos condiciones: boletos de avión y hospedaje de lujo para dos personas”.  Además, las fotos de la boda mostraban que había usado una mesa como altar y  la pareja declaró que la Consagración se hizo con jugo. En este caso, el Sacramento no se llevó a cabo.

Todo sacerdote tiene credenciales expedidas por la diócesis a la que pertenece, y los laicos tienen el deber de solicitarla. Los falsos sacerdotes no tienen parroquia ni territorio asignado, y suelen salir a  ofrecer sus servicios o se dan a conocer por tarjetas de presentación. En caso de dudas sobre el sacerdote también pueden acercarse a su diócesis.

“Hay quienes al percatarse del defecto de forma de su Matrimonio, buscan convalidarlo (ratificarlo), lo cual también es posible si la pareja lo desea”, explica la auditor.

Sobre el lugar en que se celebra, el Derecho Canónico pide celebrar el sacramento del Matrimonio en una parroquia debido a dos razones: evitar un desorden que podría facilitar que alguien contraiga Matrimonio en un lugar y en otro, y “la propia solemnidad del Sacramento, que requiere de un altar dedicado o bendecido, por el respeto que implica el Sacramento de la Eucaristía”, explica la auditor del Tribunal Eclesiástico.

Sin embargo, debido a la cantidad de solicitudes para celebrar Matrimonios en playas o jardines, hay diócesis que permiten contraer Matrimonio en espacios fuera de los templos, con requisitos de rigor establecidos. “La Arquidiócesis de Acapulco, que permite celebrarlos en determinadas playas u hoteles, o la Diócesis de Cuernavaca, que cuenta con una lista de jardines para tal efecto”.

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Autor

Editor de la revista Desde la fe/ Es periodista católico/ Egresado de la carrera de Comunicación y Periodismo de la Facultad de Estudios Superiores Aragón.