El Bautismo de emergencia se lleva a cabo en caso de peligro de muerte.
Seguramente alguna vez has escuchado que un recién nacido, ante el peligro de muerte, recibió el Sacramento del Bautismo de emergencia en el hospital y que ante la ausencia de un sacerdote este fue realizado por un médico, una enfermera u otra persona, incluso sin ser católica, ¿pero sabes qué es lo que se debe hacer si alguna vez te encuentras en una situación de este tipo? Te lo explicamos.
De acuerdo con el Catecismo de la Iglesia Católica, el Santo Bautismo “es el fundamento de toda la vida cristiana, el pórtico de la vida en el espíritu y la puerta que abre el acceso a los otros sacramentos. Por el Bautismo somos liberados del pecado y regenerados como hijos de Dios, llegamos a ser miembros de Cristo y somos incorporados a la Iglesia y hechos partícipes de su misión”.
San Gregorio Nacianceno (Oratio 40,3-4) señala que el Bautismo “es el más bello y magnífico de los dones de Dios […] lo llamamos don, gracia, unción, iluminación, vestidura de incorruptibilidad, baño de regeneración, sello y todo lo más precioso que hay”.
Bautizar (baptizein en griego) significa ‘sumergir’, ‘introducir dentro del agua’; la ‘inmersión’ en el agua simboliza el acto de sepultar al catecúmeno en la muerte de Cristo, de donde sale por la resurrección con Él, como “nueva criatura”.
Comúnmente, implica una serie de ritos que son dirigidos por un ministro, que puede ser un diácono, un sacerdote o un obispo que incluyen uno o varios exorcismos sobre el candidato, la unción con aceite y el derramamiento del agua bautismal sobre la cabeza.
El Catecismo de la Iglesia Católica establece que como los niños “nacen con una naturaleza humana caída y manchada por el pecado original, necesitan también el nuevo nacimiento en el Bautismo para ser librados del poder de las tinieblas y ser trasladados al dominio de la libertad de los hijos de Dios, a la que todos los hombres están llamados”.
“Por tanto”, advierte, “la Iglesia y los padres privarían al niño de la gracia inestimable de ser hijo de Dios si no le administraran el Bautismo poco después de su nacimiento.
El Bautismo de emergencia es un Sacramento que, de acuerdo con el Derecho Canónico, se puede administrar, sobre todo en los bebes, en situaciones de peligro inminente de muerte, cuando no hay un sacerdote o diácono disponible para realizarlo.
Este tipo de Bautismo es fundamental para asegurar que una persona, especialmente un niño, reciba la gracia del Sacramento antes de fallecer, dado que el Bautismo es considerado necesario para la salvación, según la enseñanza de la Iglesia Católica.
El padre David Rodríguez Melgoza, del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis Primada de México, señaló que importante recordar que el bautismo es la puerta de entrada para convertirnos en hijos de Dios, por ello es muy importante que cuando alguien se encuentra en peligro de muerte, ya sea un niño o incluso un adulto, puede y debe de ser bautizado.
Dicho Bautismo de emergencia, indicó puede ser realizado por un sacerdote, un diácono, un laico o cualquier persona que tenga la intención de conferir el bautismo “al niño que está en riesgo de muerte y al recibir el bautismo ya forma parte de la Iglesia y se convierte en Hijo de Dios”.
“Esto la Iglesia nos lo indica en el Código de Derecho Canónico, en el Canon 867, parágrafo 2, en donde nos posibilita el conferir el bautismo a cualquier niño en peligro de muerte; también en las normas generales para el ritual para el bautismo de niños, nos enseña que todo aquel que se encuentra en peligro de muerte puede recibir el bautismo”, explicó el sacerdote.
De acuerdo con el párrafo 1284 del Catecismo de la Iglesia Católica, cualquier persona puede administrar el Bautismo en caso de emergencia, siempre que tenga la intención de hacer lo que la Iglesia hace al administrar este sacramento y esta disposición incluye a laicos, hombres o mujeres, y no se limita solamente a los católicos.
Según se estipula en el Código de Derecho Canónico (cánones 849-878), cualquier persona, incluso si no es católica, puede administrar el bautismo de emergencia, siempre que cumpla con dos condiciones:
Esto, se establece, se debe a la urgencia de garantizar la salvación del alma del menor en peligro de muerte.
En entrevista con Desde la fe, el padre David Rodríguez señaló que todos los católicos estamos obligados a realizar un Bautismo de emergencia a un bebe si se encuentra en riesgo de muerte, sobre todo porque la Iglesia nos da esa facultad “por la potestad” que Dios le otorgó.
“La Iglesia es la dispensadora de todas las gracias y por la potestad que le da Nuestro Señor, la Iglesia no solamente nos enseña y nos guía, sino que nos pide que delante de cualquier niño que se encuentra el riesgo inminente de muerte pueda ser bautizado sin demora.
“Y el Bautismo lo puede conferir tanto cualquier clérigo, es decir un diácono o un presbítero, o un laico también que se encuentra ahí presente, o de no haber un laico es decir, alguien que profese la fe católica, cualquier hombre o mujer que quiera bautizar al niño, a pesar de que él no forme parte de la Iglesia Católica, y ese niño queda bautizado”, afirmó.
El rito que se debe seguir para realizar el Bautismo de emergencia en un menor que se encuentra en riesgo de morir es bastante simple y se compone de los siguientes pasos:
Después de que se haya administrado el Bautismo de emergencia, es importante notificar a la autoridad eclesiástica correspondiente, como el párroco de la comunidad a la que pertenece el niño, a fin de que se registre en el libro de bautismos de la parroquia.
En este caso, los padres o quien haya administrado el bautismo deben informar al párroco y proporcionarle detalles como:
Esto permitirá que se registre oficialmente el Bautismo del menor fallecido en los libros parroquiales y con lo cual los padres del niño pueden recibir un certificado de bautismo, documento que atestigua que el sacramento fue administrado.
Al preguntarle si el niño que se encuentra en riesgo de muerte es hijo de un matrimonio que profesa otra religión o ninguna se le debe conferir el Bautismo de emergencia, el sacerdote dijo que sí, porque es un deseo de Dios que todos nos salvemos.
“Sí, todo niño en peligro de muerte tiene que ser bautizado, eso es lo que la Iglesia nos manda y queda expresado precisamente en el Canon 868, parágrafo 2, del Código Derecho Canónico, que dice: ‘Nos posibilita a cualquiera conferir el bautismo a pesar de que no haya el consentimiento de los padres y que los padres del niño sean o no católicos’
“Esto que la Iglesia nos pide y nos manda hacer se entiende también a la luz de la Palabra de Dios. Pablo nos dice, en la carta a Timoteo, que Dios quiere que todos los hombres se salven, la Iglesia como dispensadora de la gracia y dispensadora de la vida eterna desea que todo los niños reciban el bautismo”, puntualizó el padre David.
En caso de que un niño o niña muera sin recibir el Sacramento del Bautismo, indicó el padre Rodríguez Melgoza, es fundamental que los padres del menor hagan oración y pidan a Dios por el eterno descanso de su bebe y que en su infinita misericordia salve y acoja en su seno su alma.
El auditor del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México subrayó que la oración de los familiares es fundamental “no solamente ya en el momento en el cual el niño ha sido llamado a la presencia de Dios”, sino también la oración de toda la Iglesia que está constantemente elevando sus ruegos a Dios para que cada vez seamos más el número de los hijos de Dios.
“Aquellos padres que atraviesan la tristeza haber perdido a su hijo deben confiar en la oración, que Dios escucha los ruegos de los padres y que Dios es el que ha llamado a su presencia a su hijo; pero también deben confiar en la oración de toda la Iglesia, no solamente la Iglesia militante, la que nos encontramos todavía peregrina en la Tierra, sino también de la Iglesia triunfante, es decir la todos los santos que están en la presencia de Dios intercediendo por nosotros”, aseveró.
Un aspecto muy importante que se debe considerar es que si el menor que recibió el Bautismo de emergencia sobrevive se debe avisar a un ministro ordinario, esto es, a un sacerdote, a un diácono o a un obispo, para que se completen los ritos propios del Sacramento del Bautismo, que incluyen:
Este rito se lleva a cabo en una celebración litúrgica adecuada, donde se pueden incluir otros elementos del rito del Bautismo, como la profesión de fe por parte de los padres o padrinos y puede realizarse tan pronto como el niño o niña esté fuera de peligro y se coordine con el párroco para que se lleve a cabo.
Si bien es cierto que no se establece un tiempo determinado para completar las ceremonias adicionales para concretar el rito del Bautismo en un niño que sobrevivió, sí se recomienda hacerlo a la brevedad una vez que las circunstancias lo permitan. Para ello, los padres deben:
Este texto fue actualizado el 14 de enero de 2025
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