El incansable interés de la Corte por despenalizar el aborto
La Corte en México ha determinado que una mujer pueda ampararse contra las leyes que penalizan el aborto, aún sin estar embarazada.
En días pasados vimos que la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN ) resolvió una contradicción de criterios entre tribunales colegiados, determinando ahora que una mujer puede ampararse contra las leyes que penalizan el aborto, aún sin estar embarazada.
Además, este criterio permite que organizaciones que lucran con el aborto combatan, vía amparo, los códigos penales de los estados, para lograr una desaparición penal del aborto, y con ello liberalizar su práctica.
El ejemplo lo vemos para el estado de Aguascalientes, pues se tiene programado discutir un amparo el próximo 28 de junio -solicitado por una organización que dice “proteger a las mujeres”- en contra del Código Penal de dicho estado en materia de aborto.
La primera pregunta que nos surge al escuchar el objetivo de la organización en cuestión, es: ¿La mujer necesita protegerse de su propio hijo, al grado de tener que quitarle la vida? Parece que esa es la situación extrema a la que quieren llevar a muchas mujeres con un discurso plagado de sofismas, mentiras y falsos derechos, deshumanizando la vida en su inicio.
La SCJN ha dicho que la vida del concebido aún no nacido debe protegerse de manera gradual; esto nos hace generar otras preguntas: ¿Por qué una vida humana se protege de manera gradual y no absoluta? ¿Cuáles son los criterios científicos, filosóficos, jurídicos o de derechos humanos que sustentan que proteger una vida de manera gradual se pueda llamar “justicia”?
En este tema tan delicado, vemos una tercer arista, que consiste en que lo que regulen los Congresos (como Poder Legislativo), y lo que definan los gobiernos en materia de política pública (como Poder Ejecutivo), está siendo invalidado por un poder que, aprovechando su facultad interpretativa en materia de derechos humanos, intenta ordenar, dictando cómo deberían ser las leyes a su juicio.
Pero aquí surge una observación muy importante: los criterios de la Corte no son obligatorios para el Poder Legislativo a la hora de elaborar leyes, y esto ha sido sostenido públicamente por algunos ministros de la Corte en sus votos particulares.
Vemos con preocupación que, en materia de derechos humanos, el respeto por la Vida sigue siendo vulnerado, en la práctica, en las leyes y en las interpretaciones judiciales.
Reiteramos que no se busca castigar con cárcel a una mujer que haya tenido que abortar, pero mientras se disfrace de supuesto derecho lo que en sí es una tragedia; mientras no se genere política pública que apoye a la mujer embarazada en lugar de orillarla a deshacerse de su hijo, como si ésta fuera la única respuesta capaz de ofrecerse por parte de la sociedad y del gobierno ante un embarazo inesperado; mientras el negocio del aborto siga disfrazándose de una supuesta piedad por las mujeres, es importante seguir denunciando que la vida humana es instrumentalizada y valorada de manera desigual para los seres humanos.
Rogamos a Nuestra Madre María Santísima de Guadalupe por todas las mujeres embarazadas, para que, al igual que Ella, digan sí a la Vida a pesar de las circunstancias, y hacemos votos para que, sociedad y gobierno, realicen acciones en favor de las mujeres embarazadas para facilitarles las circunstancias que puedan estar enfrentando.