Nadie puede "divorciarse por la Iglesia", pero existen causas de nulidad matrimonial.
Quizá en alguna ocasión has escuchado que alguien que ya se había casado consiguió un “divorcio por la Iglesia” y se volvió a casar. No obstante, el Sacramento del Matrimonio es indisoluble; es decir, es un vínculo sagrado y para toda la vida, que no se puede romper. Es decir, que para las uniones sacramentales no existen los divorcios.
En entrevista con Desde la fe, el padre José María Romero Rodríguez, Vicario Judicial Adjunto del Tribunal Eclesiástico de la Arquidiócesis de México, explicó que eso se debe precisamente a su carácter sacramental.
“Esto quiere decir que los Matrimonios contraídos válida y lícitamente son para siempre. De hecho, cuando un hombre y una mujer jurídicamente hábiles, manifiestan libremente su consentimiento, según la forma o ceremonia prescrita por la Iglesia, nace entre ellos un compromiso de unidad e indisolubilidad que nada ni nadie en este mundo podrá romper”.
El sacerdote recordó que el Papa Francisco aclaró este punto durante una conferencia de prensa en 2015, y aseguró entonces que los divorcios católicos no existen; en todo caso, puede ser que el Matrimonio nunca existió y, por lo tanto, es nulo. Y si existió -aclaró- es indisoluble.
Por lo tanto, las nulidades matrimoniales no pueden equipararse con los divorcios.
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El padre Romero Rodríguez también hace énfasis en la diferencia que hay entre la nulidad matrimonial y los matrimonios válidos que han fracasado.
“Puede haber parejas (…) que al momento de la boda contaban con todos los elementos necesarios para contraer el Sacramento, pero que, por descuido, incapacidad o falta de disposición tuvieron que separarse”, dice.
“La nulidad, en cambio, es un proceso que dura entre seis y 12 meses, donde nuestros jueces analizan una serie de pruebas -documentos públicos o privados, correspondencia, testigos, pruebas periciales médicas o psicológicas, etcétera- y declaran inexistentes los Matrimonios”.
El proceso –agregó el padre- está regido por el Derecho Canónico y su última modificación entró en vigor en 2015, tras una reforma del Papa Francisco llamada El Señor Jesús, juez clemente, con la que facilita los procesos en el tiempo, y explica claramente que “no es un divorcio, puesto que el Matrimonio es indisoluble cuando hay Sacramento”.
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Cuando un proceso termina con la sentencia que declara la nulidad matrimonial, el efecto jurídico es que las partes regresan a su condición de solteros en la Iglesia y, si fuera su voluntad pueden contraer un Matrimonio válido.
Un Matrimonio contraído válido y lícitamente es para siempre, es un vínculo indisoluble.
Consulta el Catecismo de la Iglesia Católica para conocer más sobre el Matrimonio.
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