En la foto los sacerdotes Joaquín Mora y Javier Campos, quienes fueron asesinados en Chihuahua.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos otorgó medidas cautelares y solicitó al gobierno mexicano implementar las medidas de seguridad pertinentes para proteger la vida e integridad de 11 integrantes de la comunidad jesuita de Cerocahui, Tarahumara, del municipio de Urique, Chihuahua.
Dicha determinación, adoptada por medio de la Resolución 2/2023, se alcanzó luego de considerar el contexto de violencia e inseguridad que se vive en la zona y que los jesuitas enfrentan una situación de gravedad y urgencia por las amenazas y hostigamientos de que son objeto por parte de grupos del crimen organizado, que ponen en riesgo su vida e integridad.
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“Se solicita al Estado de México que: adopte las medidas de seguridad necesarias para proteger la vida e integridad personal de los beneficiarios. Entre tales medidas, se debe garantizar su seguridad y prevenir actos de amenaza, intimidación y violencia en su contra por parte de terceros”, indicó la CIDH.
De la misma manera, añadió, que “adopte medidas de protección que permitan a los propuestos beneficiarios continuar realizando sus labores pastorales sin ser objeto de amenazas, intimidaciones, hostigamientos y actos de violencia en su contra”.
Asimismo, que concierte las medidas a adoptarse con los beneficiarios y sus representantes; además de informar sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así prevenir su repetición.
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La CIDH recordó en el comunicado que en junio de 2022 dos sacerdotes jesuitas fueron asesinados en el interior de la iglesia, lo que desató un contexto de estigmatización y deslegitimación a los propuestos beneficiarios tras sus denuncias y actuaciones ligadas a la investigación por el asesinato, así como cuestionar las políticas de seguridad del Estado.
“El otorgamiento de la presente medida cautelar y su adopción por parte del Estado de México no constituyen prejuzgamiento alguno de una petición que eventualmente pueda ser interpuesta ante el Sistema Interamericano sobre una posible violación de los derechos protegidos en los instrumentos aplicables”, precisó la Comisión.
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