Decía el prefecto para la Doctrina y la Fe, el cardenal Joseph Ratzinger, en una nota aprobada por S.S. Juan Pablo II el 24 de noviembre de 2002, que “con su intervención en este ámbito, el Magisterio de la Iglesia no quiere ejercer un poder político ni eliminar la libertad de opinión de los católicos sobre cuestiones contingentes. Busca, en cambio -en cumplimiento de su deber- instruir e iluminar la conciencia de los fieles, sobre todo de los que están comprometidos en la vida política, para que su acción esté siempre al servicio de la promoción integral de la persona y del bien común. La enseñanza social de la Iglesia no es una intromisión en el gobierno de los diferentes países.”
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En días pasados, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) encontró culpables a algunos ministros de culto de nuestra Iglesia Católica, de haber impactado con sus dichos personales en el proceso electoral federal del año pasado, y ante ello, remite el expediente a la Secretaría de Gobernación para que resuelva el tema dentro de sus facultades.
La Iglesia Católica es respetuosa de las disposiciones del poder civil, pues éste existe con la finalidad de conservar el orden y procurar el bien común; sin embargo, en esta ocasión, no se está de acuerdo con los criterios que manifiesta en su sentencia el TEPJF.
Y es que, los ministros juzgados se expresaron desde su ámbito personal, inclusive, uno de ellos, en el ámbito de la libertad de cátedra. Señalaron puntos de mejora social a tener en cuenta a la hora de que los fieles decidieran su voto, en total ejercicio de la libertad de expresión y del ejercicio ciudadano al que tienen derecho.
Cabe mencionar que además es labor de la Iglesia llevar el Evangelio a todas las personas, la Buena Nueva que nos exhorta a dejar en el pasado aquellos actos y costumbres que nos dañan tanto personal como socialmente, y en esa misión sagrada, se exhorta a todos a cambiar de vida para bien, también a todo gobernante y político, sin hacer diferencia por colores partidistas.
Es por ello que, teniendo en cuenta que los ministros de culto de esta Iglesia han sido respetuosos de los mandatos de ley, y que la Constitución Mexicana protege la libertad de expresión y la libertad de fe a través de los artículos 6 y 24, respectivamente, confiamos en que la Secretaría de Gobernación evaluará con justicia y legalidad el caso para determinar lo correspondiente.
Sabemos también que estos diferendos ocasionales pueden ayudar a seguir construyendo en nuestro México una laicidad positiva, en la que el Estado acepte y promueva la libertad de culto, y la Iglesia pueda llevar a cabo la gran misión de acercar a Dios a todas las personas que abren su corazón para recibirlo.
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