El Papa como sucesor de Pedro. Foto: María Langarica
La infalibilidad papal es la doctrina según la cual, cuando el Papa se pronuncia “ex cathedra” (desde la cátedra) Dios le libra de cualquier error en materia de fe y moral. Es decir, si bajo esos términos define una verdad como obligatoria para la Iglesia, tal definición debe ser aceptada con la certeza de que no es falsa.
Esto no implica que por ser el sucesor de san Pedro, el papa esté libre de errores; lo que quiere decir es que cuenta con una protección y respaldo excepcionales por parte del Espíritu Santo, cuyo auxilio le fue prometido, en circunstancias particulares.
Dadas sus características, apelar a la infalibilidad puede resultar especialmente restrictivo. Su ejercicio implica, de hecho, una expresión del más alto grado de autoridad petrino en el gobierno universal de la Iglesia Católica.
Pero, aunque cuenta con más de un siglo de historia, es un recurso pocas veces utilizado que adquirió valor legal el 18 de julio del año 1870, cuando se estableció formalmente en la constitución dogmática Pastor Aeternus.
Este documento fue el fruto de largas discusiones en el marco del Concilio Vaticano I. Y en él se establecen dos dogmas: uno que se refiere a la primacía del Papa y el otro que afirma su infalibilidad.
Ciertamente, hay letra chiquita. Para que ocurra la infalibilidad papal deben presentarse algunos requisitos:
La infalibilidad papal tiene su base en la promesa de Jesús a sus apóstoles de enviar el Espíritu Santo, quien según las Sagradas Escrituras, “conduce a la verdad completa” (cf Juan 14,26 y 16,13).
Años más tarde, el Concilio Vaticano II abundará sobre el tema al dejar claro a través de Lumen Gentium que las definiciones del papa son “irreformables” y que no requieren el “consentimiento de la Iglesia”.
Sin embargo, el alcance de la infalibilidad papal no es ilimitado, tal como lo aclaró durante su pontificado san Juan Pablo II, quien profundizó ampliamente sobre el tema en los siguientes términos:
Hay ejemplos muy interesantes del ejercicio de este poder. Uno de ellos fue aplicado al definir el dogma de la Inmaculada Concepción de la Virgen María, recuerda el papa Juan Pablo II en la misma ocasión.
En esa oportunidad, Pío IX dijo: “Es una doctrina revelada por Dios y por esta razón debe ser creída firme y constantemente por todos los fieles”.
También se habría aplicado el mismo principio en la definición del dogma de la Asunción de María Santísima, cuando Pío XII invocó esa autoridad para establecerlo.
En ambos casos se trata de un magisterio papal extraordinario cuyas definiciones son irreformables “por sí mismas” y “no por el consentimiento de la Iglesia”. (Lumen gentium, 25).
La infalibilidad papal figura en el Catecismo de la Iglesia Católica y en el Código de Derecho Canónico.
En el catecismo:
889 …Cristo, que es la Verdad, quiso conferir a su Iglesia una participación en su propia infalibilidad.
890 Cristo ha dotado a los pastores con el carisma de infalibilidad en materia de fe y de costumbres. El ejercicio de este carisma puede revestir varias modalidades:
891 El Romano Pontífice, cabeza del colegio episcopal, goza de esta infalibilidad en virtud de su ministerio cuando […] La infalibilidad prometida a la Iglesia reside también en el cuerpo episcopal cuando ejerce el magisterio supremo con el sucesor de Pedro, sobre todo en un Concilio Ecuménico (LG 25; cf. Vaticano I: DS 3074).
Cuando la Iglesia propone por medio de su Magisterio supremo que algo se debe aceptar “como revelado por Dios para ser creído” (DV 10) y como enseñanza de Cristo, “hay que aceptar sus definiciones con la obediencia de la fe” (LG 25).
892 La asistencia divina es también concedida a los sucesores de los apóstoles, cuando enseñan en comunión con el sucesor de Pedro… A esta enseñanza ordinaria, los fieles deben “adherirse con espíritu de obediencia religiosa” (LG 25) que, aunque distinto del asentimiento de la fe, es una prolongación de él.
749 § 1. En virtud de su oficio, el Sumo Pontífice goza de infalibilidad en el magisterio, cuando, como Supremo Pastor y Doctor de todos los fieles, a quien compete confirmar en la fe a sus hermanos, proclama por un acto definitivo la doctrina que debe sostenerse en materia de fe y de costumbres.
§ 2. Tiene infalibilidad en el magisterio el Colegio de los Obispos cuando ejercen tal magisterio reunidos en el Concilio Ecuménico y, como doctores y jueces de la fe y de las costumbres, declaran para toda la Iglesia que ha de sostenerse como definitiva una doctrina sobre la fe o las costumbres…
§ 3. Ninguna doctrina se considera definida infaliblemente si no consta así de modo manifiesto.
Los diáconos tienen como tarea principal dedicarse a las tareas caritativas y administrativas, así mismo,…
¿Sabes cómo comportarte realmente durante la Misa? Estos 25 consejos te ayudarán a vivirla con…
Conoce cuánto tiempo debes esperar antes y después de recibir la Eucaristía y por qué…
En algunos estados del país, la ciudadanía habla de manera abierta de la relación del…
Es una realidad que, en muchos corazones, el Día del Padre no trae alegría, sino…
Uno de los esfuerzos más importantes que realizó la comunidad cristiana para poder expresar la…
Esta web usa cookies.