Algunos fieles se alejan de la Iglesia argumentando que lo hacen porque el sacerdote les negó la confesión; ¿puede hacer esto un ministro de Dios?
Los sacerdotes estamos llamados a administrar e impartir, con diligencia y caridad, los Sacramentos a los fieles cristianos que lo solicitan; debemos estar dispuestos, en razón del ministerio recibido y de la gracia, a responder y auxiliar en cuanto humanamente nos sea posible.
El Sacramento de la Reconciliación-Penitencia recae en la conciencia. Nos pasa mucho a los sacerdotes que, cuando estamos por entrar a la Santa Misa o a alguna otra actividad pastoral, nos llega alguien corriendo y nos pide que le confesemos, pues quiere comulgar o le urge “porque al rato va a ser padrino…”
No nos negamos a confesarle, pero le pedimos que sea en otro momento y con el tiempo necesario para celebrar el Sacramento, pues no se trata sólo vaciar el costalito y llevármelo para volverlo a llenar, es dejar el pecado y el costalito para no volverlo a llenar; es un volver arrepentidos a la casa del Padre, con un corazón contrito y el propósito preciso de enmienda.
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Para ello, en la confesión se requiere de un diálogo profundo que llegué al corazón y no de un trámite: “me confesé, el padre me absolvió, y me voy igual que como llegué”. Creo que hemos descuidado el Sacramento de la Confesión, dejando fuera la auténtica reconciliación, que es volver a la comunión de la Iglesia.
Se trata de dejar que la gracia del Sacramento nos transforme en hombres libres de las cadenas y de las consecuencias del pecado; la eficacia de la gracia del perdón viene del sincero arrepentimiento y no puede quedar en la mera absolución que da el sacerdote confesor, en nombre de la Iglesia.
Como dirían nuestros padres: “puedes engañar al sacerdote, pero no a Dios”. No se trata de que el sacerdote sepa todo o no sepa (marearlo), se trata de que el penitente cree conciencia de su pecado, y de la obligatoriedad de corregir y enmendar.
Por ello, deben existir las condiciones apropiadas para no desperdiciar la riqueza que tiene la Confesión. Quiero decir que haya tiempo y espacio, propios, para celebrar con dignidad el Sacramento.
“Problemático y sensible” es un término que se utiliza cuando hay gravedad en el pecado o los pecados, y cuya absolución está reservada al obispo diocesano e incluso a la Santa Sede, aunque en peligro de muerte, cualquier sacerdote puede absolver pecados gravísimos, aunque sean reservados.
Sin embargo, el juicio y análisis de la gravedad del pecado debe hacerse en conciencia y diálogo abierto con el confesor, dentro de una buena celebración del Sacramento penitencial.
Para una buena confesión, que culmine con una absolución, se requieren un buen examen de conciencia, el arrepentimiento sincero del corazón, dolor por los pecados cometidos y el propósito de la enmienda, esto de parte del pecador que se acerca al tribunal de la misericordia divina.
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Por parte del sacerdote confesor, se requiere el tiempo para poder atender y acompañar este proceso de encuentro y reconciliación.
Lo que sucede en muchos casos es, que por la situación de la persona y del pecado, sí podemos negarnos a dar la absolución si no hay arrepentimiento y no hay propósito de enmienda.
Por otra parte, a veces el propósito de enmienda retrasa la absolución; pues se le ha condicionado al penitente a reparar el daño cometido, ya sea el salir de la situación de pecado, ya sea enmendar y reparar el daño que de momento imposibilita que se le pueda absolver y perdonar su pecado. Negar, postergar o condicionar el perdón depende de la actitud del pecador, que implica corrección y cambio.
Por último, debemos dejar en claro que la Confesión no puede ser un justificante y un aval del pecador: “Me robé un millón de pesos. Perdóneme, padre, para podérmelos gastar con la conciencia limpia”; “Soy sicario, perdóneme los muertitos, para seguir generando daños y atentando contra la vida…”
P. Salvador Barba
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