Luego de que se negara a ser desterrado de Nicaragua, el gobierno de Daniel Ortega sentenció al obispo de Matagalpa, Rolando Álvarez Lagos, a 26 años y cuatro meses de prisión por diversos delitos, además de inhabilitarlo de “forma perpetua” para ejercer cargos de elección popular, y además de retirarle la nacionalidad nicaragüense.
A poco más de 24 horas de que fueran expulsados del país 222 presos políticos y recibidos en Estados Unidos, en cadena nacional el magistrado Octavio Rothschuh, presidente de la Sala Penal Uno del TAM, leyó la sentencia en contra de monseñor Álvarez.
De acuerdo con el veredicto final, entre los delitos por los que se le sentenció al Obispo están la supuesta obstrucción y desacato a las autoridades, “traición a la patria” y “propagación de noticias falsas”.
Con esta resolución, Rolando Álvarez Lagos es el primer obispo católico enjuiciado y condenado en Nicaragua, con lo que la dictadura de Daniel Ortega renovó su nueva política represiva.
Al leer la sentencia, Rothschuh detalló que al Obispo se le considera como traidor a la patria y culpable, como coautor, de los delitos de menoscabo a la integridad nacional, propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación, obstrucción de funciones, agravada desobediencia o desacato a la autoridad, todo ello cometido en concurso real y en perjuicio de la sociedad nicaragüense y del Estado de Nicaragua.
Precisó que las penas de Álvarez Lagos son de 15 años de prisión e inhabilitación de forma perpetúa, para ejercer la función pública en nombre o al servicio del Estado de Nicaragua, así como ejercer cargos de elección popular; además de declarársele la pérdida de los derechos ciudadanos perpetuamente y la pérdida de la nacionalidad nicaragüense, “por ser autor del delito de menoscabo de la integridad nacional”
Asimismo, a monseñor Álvarez se le condenó a una pena de cinco años de prisión y 800 días de multa por ser autor del delito de propagación de noticias falsas a través de las tecnologías de la información y la comunicación en perjuicio del Estado de la República de Nicaragua y la sociedad nicaragüense.
También, continuó el Magistrado, se le condenó a 5 años y cuatro meses de prisión por ser autor del delito de obstrucción de funciones agravadas y un año más por ser autor del delito de desacato a la autoridad.
“Las penas serán cumplidas en forma sucesiva, por lo que deberá de cumplir 26 años y cuatro meses de efectiva prisión”, resumió Rothschuh Andino, para después señalar que la fecha de conclusión de la condena será el 13 de abril de 2049.
“Sin perjuicio de que el cómputo pueda ser reformado si se comprueba un error o nuevas circunstancias que lo tomen como necesario, lo cual será responsabilidad del Juzgado de Competencia y Vigilancia Penitenciaria de la circunscripción de Managua”, concluyó.
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