El Vaticano anunció que el Dicasterio para la Doctrina de la Fe determinó sentenciar con la excomunión al Arzobispo italiano Carlo Maria Viganò por haber incurrido en el “delito reservado de cisma”, debido a los constantes ataques que hizo en contra del Papa Francisco y por no reconocer la autoridad del Santo Padre.
La Santa Sede informó que el ex Nuncio Apostólico en los Estados Unidos de América, recibió la excomunión de oficio por pretender abandonar la comunión con el Obispo de Roma y con la Iglesia católica, luego de que el Congreso del Dicasterio para la Doctrina de la Fe se reunió el 4 de julio de 2024 para “concluir el proceso penal extrajudicial ex can.1720 CIC contra monseñor Carlo Maria Viganò, arzobispo titular de Ulpiana, acusado del delito reservado de cisma”.
Por medio de un comunicado, el Dicasterio estableció que son muy conocidas las declaraciones públicas de Viganò, “de las que resulta su negativa a reconocer y someterse al Sumo Pontífice, de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sujetos y de la legitimidad y autoridad magisterial del Concilio Ecuménico Vaticano II”.
Por lo anterior, puntualiza, “al término del proceso penal fue declarado culpable del delito reservado de cisma. El Dicasterio declaró la excomunión latae sententiae ex can. 1364 § 1 CIC. La remoción de la censura en estos casos está reservada a la Sede Apostólica”. Esta decisión, indicó, se comunicó al Arzobispo el 5 de julio de 2024.
El Dicasterio precisó que el pasado 20 de junio fue el propio prelado quien divulgó el decreto por el que se le citaba en Roma para responder a las acusaciones en su contra dándole de plazo hasta el 28 de junio para designar un abogado que le representara o enviar un escrito de defensa.
“Como esto no ocurrió, se le asignó un abogado de oficio que llevó a cabo la defensa de Viganò según las normas del derecho”, precisó.
El Vaticano recordó que en varias ocasiones en los últimos años, el ex nuncio Carlo Maria Viganò declaró que no reconocía la legitimidad del Papa Francisco y del último Concilio, ante ello se determinó su excomunión latae sententiae por el hecho mismo de haber cometido el delito reservado de cisma.
“El sentido de la excomunión, sin embargo, es que se trata de un castigo medicinal que invita al arrepentimiento, por lo que siempre se espera la vuelta de la persona a la comunión”, concluye el comunicado emitido por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe.
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