¿Sabías que es posible obtener Indulgencia Plenaria en el mes de noviembre para un ser querido fallecido? En Desde la fe te contamos todos los detalles para lograrla.
Gracias a una iniciativa de san Pablo VI, se puede ganar una indulgencia plenaria en favor de los difuntos el 2 de noviembre de cada año.
También es posible obtener Indulgencia Plenaria para las almas del purgatorio cuando se visita (incluso mentalmente) un cementerio los días 1 al 8 de noviembre. Pero, como es natural, una serie de condiciones deben cumplirse. Veamos:
El primero de enero del año 1967, el papa Pablo VI emite la Constitución Apostólica Indulgentiarum Doctrina sobre la revisión de las indulgencias.
Luego de este documento, se publican diversas normas en el Libro de las Indulgencias, un manual elaborado por la Penitenciaría Apostólica que ya dispone de cuatro ediciones.
La primera de estas aparece bajo el decreto Enchiridion de Indulgencias de junio de 1968. Una segunda en octubre de ese mismo año, una tercera en 1986. Y la actual (cuarta edición) en julio del año 1999.
Sobre la Indulgencia Plenaria a favor de los difuntos, la Indulgentiarum Doctrina (1967) establece en su norma número 15 lo siguiente:
“En todas las iglesias, oratorios públicos o —por parte de quienes los empleen legítimamente— semipúblicos, puede ganarse una indulgencia plenaria aplicable y solamente en favor de los difuntos, el día 2 de noviembre”.
“Pero en las iglesias parroquiales se puede, además, ganar una indulgencia plenaria dos veces al año: el día de la fiesta del titular y el 2 de agosto, que se celebra la indulgencia de la “Porciúncula”, o en otro día más oportuno que establezca el Ordinario”.
Ahora bien, ¿cómo ganar la Indulgencia Plenaria? La norma 16 del citado documento señala que: “La obra prescrita para ganar la indulgencia plenaria adscrita a una iglesia u oratorio es una visita piadosa a éstos, en la que se recitan la oración dominical y el símbolo de la fe (Padrenuestro y Credo)”.
Naturalmente, existen requisitos adicionales. Debes encontrarte en estado de gracia, lo que se consigue tras participar de la Confesión o sacramento de Reconciliación, comulgar y sumarse a las intenciones de oración del Papa.
Además, es crucial ofrecer a Dios estas acciones por el alma del ser fallecido por el que se está intercediendo.
La Indulgencia Plenaria también puede obtenerse para las almas del purgatorio con la condición de que se visite el cementerio durante la totalidad de la primera semana de noviembre, específicamente entre los días 1 y 8.
Se concede indulgencia plenaria, aplicable solamente a las Almas del Purgatorio, al fiel cristiano que:
De acuerdo con el Código de Derecho Canónico, “la indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones, consigue por mediación de la Iglesia”.
Como se señala en Desde la fe, la Indulgencia Plenaria nos libra de la pena temporal de los pecados confesados y perdonados, desde el momento del Bautismo hasta la fecha en que se otiene la indulgencia plenaria.
Por otra parte, “todo fiel puede lucrar para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias”. (cf CDC, 992 y 993).
Procurar la indulgencia para el alma de un familiar o amigo difunto representa una obra de gran misericordia, ya que le libra de la pena de sus pecados perdonados y eso podría acelerar su salida del Purgatorio.
Adicionalmente, para obtener una indulgencia “es necesario estar bautizado, no excomulgado, y hallarse en estado de gracia por lo menos al final de las obras prescritas”.
Y la persona “debe tener al menos la intención general de conseguirlas, y cumplir las obras prescritas dentro del tiempo determinado y de la manera debida”.Ciudades como Los Ángeles o Nueva York han empleado hip hop y rap para reducir…
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